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abril 25, 2024

Se aprueba la reforma para Las pensiones de Bienestar

Esta semana, la Cámara de Diputados aprobó el Fondo de Pensiones para el Bienestar, una iniciativa que ha desatado una serie de discusiones y controversias en México. Respaldada por los diputados morenistas Ignacio Mier Velazco y Angélica Ivonne Cisneros, la propuesta tiene como objetivo garantizar pensiones dignas para todos los ciudadanos. Sin embargo, la falta de claridad en las reglas de operación, los beneficios concretos y el destino exacto de los recursos ha generado incertidumbre y críticas por parte de diversos sectores políticos y ciudadanos. Mientras algunos defienden la medida como un avance en la protección de los derechos de los trabajadores, otros la ven como un riesgo para el sistema de pensiones en el país. La discusión sobre este tema continúa, con diferentes posturas y análisis que reflejan la complejidad del panorama político y social en México.

 

¿Es una expropiación?

La discusión sobre si la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar constituye un caso de expropiación ha llevado a examinar detenidamente los riesgos y garantías asociados con esta iniciativa. Mientras que el presidente López Obrador defiende la propuesta asegurando que no implicará expropiación de los recursos de los trabajadores, críticos del proyecto señalan la falta de claridad en cuanto al destino y la gestión de estos recursos. En el marco del actual sistema, las Afores son responsables de la administración y protección de los fondos de los trabajadores, aunque su actuación ha sido objeto de críticas por parte del Gobierno. La modificación al artículo 302 de la Ley del Seguro Social propone la creación de un comité técnico para garantizar la seguridad de las cuentas de los trabajadores, una medida que busca generar confianza en el nuevo fondo. Sin embargo, queda por ver si estas garantías serán suficientes para disipar las preocupaciones sobre la seguridad financiera de los trabajadores.

 

¿Me quitarán mi dinero?

NO!!!!!! Solo se afectarán los ahorros en cuentas inactivas de personas de 70 años o más. Aquellos que no estén en esta categoría o que ya estén pensionados no verán afectados sus fondos en la Afore. Además, los trabajadores y sus beneficiarios conservarán el derecho de reclamar estos recursos en cualquier momento, ya que están protegidos por ley. Aunque persisten dudas sobre el proceso de reclamación una vez que los recursos se transfieran al Fondo, es crucial señalar que esta medida no constituye una expropiación, sino una formalización de una práctica que ya estaba contemplada en las leyes del IMSS, ISSSTE e Infonavit.

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